Una de las mayores dudas que suele resolver un asesor fiscal en Gijón es sobre la fiscalidad en la venta de acciones con ganancias en bolsa. Algunas personas no saben que las pérdidas en bolsa se pueden compensar con las ganancias.
Contar además con un asesor fiscal en Gijón te ayudará a presentar toda la documentación a los organismos públicos. Las operaciones bursátiles que hay que declarar son dos: la compra-venta de acciones y los dividendos de las mismas.
En cuanto a la fiscalidad de las acciones, debes declarar las ganancias patrimoniales, es decir, la diferencia positiva entre la inversión y el saldo final cuando vendes las acciones. Se declararán también las pérdidas, cuando el resultado anterior es negativo.
Pero... ¿y tributar? Si no existen en el mercado ganancias, nada. Si has realizado más de una operación debes sumar todas las operaciones que has realizado y las ganancias obtenidas. Debes restar las pérdidas de todas las operaciones para compensar las pérdidas a través del IRPF. La venta de acciones sufre un retención que va del 19 % (hasta los 6.000 €), del 21 % (entre 6.000 y 50.000 €) y del 23 % (cantidad de más de 50.000 €). Si tras realizar este paso el resultado es negativo, no hay que tributar (no hay ganancia patrimonial) pero sí declarar.
Además, la mayoría de empresas de la bolsa reparten beneficios vía dividendos, por lo tanto y aunque tributen de forma diferente, sí sufren el mismo porcentaje de retención que la venta de acciones en las cuantías señaladas anteriormente. Si la empresa da dividendos vía acciones, mediante la opción scrip o ampliación de capital liberada, no deberá hacer nada si opta por contar con las acciones y no venderlas al mercado.
En Asturiana De Asesoramiento damos asesoramiento sobre este y otros temas y te explicamos cómo declarar las ganancias en bolsa por dividendos o venta de acciones.